Tribunal Latinoamericano del Agua responsabiliza a Empresas Públicas de Medellin (EPM), la Gobernación de Antioquia y al Estado colombiano por severos daños ocasionados por Hidroituango y recomienda de manera urgente e imperiosa el desmantelamiento de la hidroeléctrica
Durante la XII Audiencia pública de juzgamiento del Tribunal Latinoamericano del Agua, realizada en Guadalajara Jalisco México, las comunidades afectadas por la hidroeléctrica Hidroituango articuladas en el Movimiento Ríos Vivos Antioquia, presentaron el caso: violación de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales por la construcción de la hidroeléctrica Hidrotuango en el departamento de Antioquia Colombia, en contra de los accionistas de Hidroituango S. A. E, S. P; la Gobernación de Antioquia y Empresas Públicas de Medellín (EPM). Los honorables jurados, cuyo presidente fue el doctor Philippe Texier *, escucharon el caso, recibieron pruebas y peritajes de expertos durante la sesión del día martes 23 de agosto en las instalaciones del ITESO, Universidad Jesuita de Guadalajara. El día viernes 26 de octubre el Dr. Alejandro Mendo Gutiérrez realizó lectura del veredicto oficial.
El tribunal se adhiere a la jurisprudencia nacional e internacional y con base en ella desarrolla su ejercicio de justicia alternativa ante la comunidad académica, la sociedad civil, las instituciones públicas y privadas.
En vista de los hechos y declaraciones que anteceden, el jurado del Tribunal Latinoamericano del Agua resuelve:
Responsabilizar al Estado colombiano, a la empresa Hidrotiuango S. A. E. S. P; a Empresas Públicas de Medellín (EPM) y a la Gobernación de Antioquia por los severos daños ambientales, sociales, económicos y culturales que el proyecto Hidroituango ha provocado a los habitantes de la zona, así como por la exposición de la población al riesgo permanente que representa la peligrosidad de las condiciones sísmico-geológicas en que se emplaza la represa y sobre todo por las deficiencias técnico constructivas de la obra.
Deplora la ausencia de mecanismos de protección que impidan la destrucción de posibles sitios de enterramiento de cuerpos de personas desaparecidas por parte de las empresas responsables de la construcción de la represa Hidroituango.
Por lo que recomienda que:
El Estado colombiano, la Gobernación del Departamento de Antioquia y las empresas responsables de la obra realicen de manera urgente e imperiosa el desmantelamiento de la obra y apliquen un programa de remediación integral del sitio con la participación de la población afectada.
Cumplan con su obligación convencional, constitucional y legal de aplicar medidas de reparación, restitución y satisfacción de los daños que incluyan la reubicación digna de las poblaciones desplazadas.
Que el Estado colombiano realice la persecución y juzgamiento de los autores de asesinatos, masacres, desplazamientos forzosos de población y desapariciones forzosas en la zona.
Que la Comisión de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas intervenga para detener la destrucción que las empresas responsables de la represa Hidroituango hacen de posibles sitios de enterramiento de cuerpos de personas desaparecidas.
Este tribunal adoptara medidas de seguimiento y monitoreo con el objetivo de asegurar el cumplimiento de las recomendaciones de este veredicto, en caso que no sean acatadas.
Dado en el Auditorio D2 del ITESO durante la semana del 26 de octubre de 2018.
* Magistrado honorario de la Corte de Casación de Francia y antiguo miembro y presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) de las Naciones Unidas, en las últimas audiencias del TLA ha ocupado la función de presidente del jurado; posee una vasta experiencia en Derechos Humanos y medio ambiente en Latinoamérica.
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